Sentido formal y material de la Constitución

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    Sentido formal y material de la Constitución

    Al ser la Constitución la ley fundamental que rige todo el ordenamiento jurídico de un Estado, su importancia es de gran interés para el derecho constitucional. Por tal motivo, debido a su trascendental relevancia, a continuación te explicamos el sentido formal y material de la Constitución. 

     

    Concepto de constitución

    En términos generales la constitución es la ley fundamental de un Estado, de la cual se derivan las demás normas que conforman el ordenamiento jurídico.

    Se trata de un texto de carácter jurídico-político. Además de incluir las normas y derechos que regulan la convivencia en el territorio y fundamentan el ordenamiento jurídico, incluye los elementos esenciales del Estado entre los que se encuentra el poder político o soberanía, que es el primer componente en el aspecto político constitucional.

    La constitución cuenta con el carácter de norma suprema, pues indica su supremacía por encima de las demás normas y ayuda a definir y crear los poderes constituidos.

     

    Sentido formal de la constitución

     

    La Constitución en sentido formal, hace referencia al documento solemne en el que se encuentran codificadas las normas jurídicas que no pueden modificarse bajo reformas comunes, sino que requieren de un trámite especial con el fin de que su modificación sea más difícil de realizar.

    Además de tratarse de constituciones escritas, se refieren especialmente a que las normas deben estar esquematizados en un solo documento, siendo estas las mencionadas “Constituciones codificadas”. Sin embargo, no consta de simples leyes incluidas de manera furtiva, sino que su proceso de elaboración debe coincidir con el procedimiento que la misma Constitución anterior establecía para su reforma.

    Las normas que contempla la Constitución formal deben ser aquellas que priman sobre todo el ordenamiento jurídico y orienta su construcción. Las normas jurídicas que aquí se concentran suelen ser principalmente aquellas que contienen las normas fundamentales del Estado, las relaciones de este y la sociedad, así como el régimen de derechos y deberes de las personas que forman parte del territorio del Estado.

    La constitución formal es aquella utilizada en gran parte de los países regidos por una Carta Magna, pues es la más común al tener todas las normas supremas codificadas en un solo documento constitucional.

     

    Sentido material de la constitución

     

    Las constituciones en sentido material se encuentran integradas por el conjunto de reglas que tienen una jerarquía y valor específico, referidas al funcionamiento, organización y actividad de los órganos del Estado. Además al primar su contenido, tiene como característica principal el reconocimiento de los derechos humanos y el reflejo de la realidad social en la misma.

    A diferencia de la constitución formal, las de sentido material no necesitan estar codificadas en un solo texto único, uniforme y escrito. Los fundamentos normativos constitucionales en este caso pueden estar plasmados en distintos documentos igual de importantes entre sí o con determinada jerarquía. 

     

    Sentido formal y material de la Constitución según Kelsen

     

    Hans Kelsen decidió comprender el concepto de Constitución con base en dos perspectivas: el sentido formal y el sentido material.

    Para el jurista el sentido formal de la Constitución no es más que un documento solemne codificado, el cual contiene un conjunto de normas jurídicas que únicamente pueden ser modificadas a través de la observancia de prescripciones especiales, todo con el fin de dificultar la modificación de dichas normas.

    Por otro lado, señala que la Constitución material consta de preceptos que regulan la modificación y creación de normas generales. Es por esto, que para Kelsen la Constitución material es indispensable en el derecho moderno.

    Kelsen señala en su obra Teoría General del Derecho y del Estado, que la Constitución en sentido material puede incluso regular el contenido de otras normas hasta cierto grado, donde los mismos preceptos allí contenidos pueden llegar a determinar el contenido de ciertas leyes, y de prohibir o garantizar con mayor eficacia su contenido.

    Se entiende entonces, que para Kelsen la Constitución en sentido material designa los órganos encargados de crear las normas de carácter general así como el procedimiento que deben seguir. Por eso se dice que cuenta con una parte orgánica que establece la organización del Estado, sus poderes, órganos y funciones; y una parte dogmática, que se fundamenta en los principios y derechos de los individuos.

     

     

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