¿Cómo hacer un poder especial?

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    ¿Cómo hacer un poder especial?

    En derecho el poder consta de un documento sea escrito o verbal, donde el poderdante (quien otorga el poder) y el apoderado (quien lo recibe) constituyen un contrato con el fin de que el último actúe en representación del primero. Existen dos tipos de poderes: el poder especial y el poder general.


    A continuación te hablaremos de cómo hacer un poder especial.

     

    Tipos de poderes

    Conforme al artículo 74 del Código General del Proceso, existen dos tipos de poderes de acuerdo a los asuntos que se confieran. Estos son los poderes generales y los poderes especiales.

     

    ¿Qué es un poder general?

    El poder general es aquel poder conferido para todo tipo de asuntos, no especifica o limita las facultades, sino que las confieren en su totalidad.

    El poder general solo puede ser conferido a través de escritura pública y es aplicable para cualquier clase de procesos.

     

    ¿Qué es un poder especial?

    A diferencia del anterior, el poder especial solo confiere la facultad para realizar determinados asuntos, los cuales deben ser determinados y específicamente identificados.


    De igual forma no requieren de ser autenticados como escritura pública, sino que puede conferirse también verbalmente ante audiencia, diligencia o por memorial que se dirige ante el juez. Cuando trate de efectos judiciales el poderdante debe presentarlo ante un juez, una oficina judicial de apoyo o ante un notario.

     

    ¿Cómo hacer un poder especial? 

    Como se ha venido mencionando, el poder especial puede ser presentado de manera escrita o verbal. Para esta ocasión se desarrollará la forma en cómo se debe hacer un poder especial para ser presentado de manera escrita.

    Encabezado

    Al inicio del documento debe escribirse la autoridad a quien va dirigido el poder en caso de que se trate para la respectiva autenticación. Por ejemplo, si se dirige ante un juez quedaría así:

    SEÑOR JUEZ

    PROMISCUO MUNICIPAL (REPARTO)

    E.S.D

    Referencia

    Luego del encabezado debe colocarse el asunto del cual trata el presente documento, es así como debe indicarse si trata de un poder especial o de un poder general.

     

    Tema del poder

    Para comenzar a desarrollar el tema sobre el cual versa el poder, debe indicarse lo siguiente: Nombre del poderdante, domicilio y documento de identificación con lugar de expedición.

    Luego los mismos datos, pero de a quien se confiere el poder, es decir nombre, domicilio y documento de identificación del apoderado (incluir número de tarjeta profesional en caso de considerarse necesario)

    Seguido de esto identificar el tema del que quiere se haga cargo el apoderado, por ejemplo:

    Confiero poder especial al abogado xxx identificado con cédula de ciudadanía xxx, para que en mi nombre y representación, inicie, tramite y lleve hasta su terminación DEMANDA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL contra…

    Tal y como termina lo anterior, se entiende que enseguida de esto debe plasmarse contra quien se impone la demanda cuya representación se le confiere al apoderado. Debe identificarse el nombre del demandado, número de documento y domicilio en caso de que se conozca.

     

    Facultades

    Luego de lo anterior, en un acápite aparte deben indicarse las facultades que se le confiere al apoderado, indicándose especialmente las conferidas de carácter especial pues las inherentes ya están establecidas. Se redacta de la siguiente manera:

    Mi apoderado cuenta con todas las facultades inherentes para el ejercicio del presente poder, en especial las de recibir, transigir, sustituir, desistir, renunciar, reasumir y todas aquellas que tiendan al buen y fiel cumplimiento de su gestión, y demás disposiciones consagradas en el Art. 77 del C.G.P. 

    Firma

    Al finalizar se puede terminar el poder con las palabras:

    Sírvase señor juez, reconocerle personería en los términos aquí señalados.

    Finalmente incluir las firmas y documentos del poderdante y del apoderado.

    Si tienes alguna sugerencia no olvides dejar tus opiniones y preguntas en la sección de comentarios. Para saber más sobre temas de derecho ingresa a nuestra página web Derecho y Educación donde podrás informarte sobre todo lo que quieras conocer acerca de esta profesión.

     

     

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